Skip to content

LICENCIAS Y TRÁMITES NECESARIOS PARA CONSTRUIR EN ESPAÑA

Si quieres construir un edificio o tu propia vivienda hecha a medida, antes deberías conocer qué trámites necesitas realizar para hacerlo en España, con el fin de evitar así problemas legales en un futuro.

Haz las cosas bien desde un principio

Aunque tiene sus complicaciones y el tema de leyes puede resultar tedioso, debes prestarle bastante atención.

Al construir cualquier tipo de inmueble hay diversos pasos que debes seguir, desde como efectuar la transmisión patrimonial en la compraventa o la obtención de la preceptiva licencia de obra, a los necesarios para poder legalizar la construcción de la misma a tu nombre, contratar los servicios necesarios de agua y luz, etc.

Es por ello, que te enseñaremos – de forma sencilla y resumida – cuáles son las licencias y trámites que necesitas para construir en España:

 

TRÁMITES A REALIZAR ANTES DE CONSTRUIR:

Terreno:

 Lo primero de todo es buscar y contar con el terreno donde construir, el cual deberás registrar en la Notaría con un contrato de Compraventa y culminar con el pago de los impuestos requeridos.

Contratar a un arquitecto:

Una vez dispongamos del terreno, el siguiente paso será contratar un profesional, en este caso un arquitecto, que se encargará tanto de la concepción del proyecto, como de la solicitud de licencia de obra hasta la dirección en la ejecución de la obra y el certificado de terminación de la misma.

Licencias y estudios:

Para la futura edificación, se necesitarán los siguientes estudios o documentos:

  • Solicitud de licencia urbanística: documento que da el Ayuntamiento al que corresponda el terreno, como garantía de que el Consistorio acredita que se cumple con las condiciones urbanísticas.
  • Proyecto básico que realiza el arquitecto y que recoge las principales características del inmueble a construir y su cumplimiento con el CTE (Código técnico de la edificación) y la normativa municipal.
  • Estudio geotécnico: acreditación ejecutada por un geólogo, en la cual se plasmará el tipo y la calidad del terreno sobre el que se construirá la vivienda, necesario para el cálculo de la estructura del edificio.
  • Proyecto de Ejecución: Una vez aprobado por el Ayuntamiento el Proyecto Básico, el arquitecto efectuará al proyecto de ejecución, que en realidad es un complemento del anterior mediante el cálculo de estructuras e instalaciones.
  • Visado del proyecto de ejecución: para ello debes pasar por el Colegio de Arquitectos, en donde se sellará el proyecto, confirmando que se cumple con la legislación urbanística y la integridad formal de la documentación.
  • Licencia de obra: documento emitido por el Ayuntamiento, que tiene una validez generalmente de cuatro años, prorrogable en caso de ser necesario. Generalmente, tiene un coste que oscila entre el 2 y el 6% del Presupuesto de Ejecución Material.

 

DURANTE LA CONSTRUCCIÓN:

Una vez realizados los trámites anteriores, disponiendo del Proyecto, que se compone básicamente de Planos, Mediciones y Memorias descriptiva y justificativa, ya estarás listo para solicitar presupuestos y poder contratar a la CONSTRUCTORA.

Para el comienzo y la ejecución de las obras necesitarás contar con un arquitecto (generalmente el autor del proyecto), un arquitecto técnico y un coordinador de seguridad y salud.

Necesitarás además contar con ciertos documentos, que gestionan los intervinientes que has contratado para la ejecución del inmueble:

  • Acta de replanteo: una vez realizado el levantamiento topográfico, se plasma en este documento si es posible trasladar lo realizado en papel a la realidad, para poder comenzar a construir.
  • Plan de Seguridad y Salud
  • Apertura del centro de trabajo.
  • Libro de órdenes y asistencias: el cual cuenta con un registro de los cambios, y el visto bueno por parte del constructor y el Arquitecto.
  • Libro de incidencias.

 

 

PARA TERMINAR DE CONSTRUIR TU EDIFICACIÓN:

¿Qué necesitas cuando termine la obra?

  • Certificado final de obra: una certificación por parte del arquitecto director de la construcción, en el que se aclara que el proyecto se ha ejecutado conforme a lo presentado en el Colegio de Arquitectos y Ayuntamiento.
  • Acta de recepción de la obra: acuerdo en el que se certifica entre constructora y dirección facultativa que la obra se ha acometido conforme a lo planeado y está todo en orden. En caso de no estarlo, se suelen firmar el acta con una serie de reparos y el plazo para su subsanación.
  • Escritura de declaración de obra nueva: el cual debe hacerse en la Notaría tanto antes como después de la construcción de tu casa.
  • Licencia de primera ocupación: escrito necesario para poder ocupar la vivienda, que certifica que el proyecto se ha seguido y la edificación se ha construido conforme a lo presentado en las primeras fases.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad: para realizar este trámite, será necesario presentar ante el registrador el certificado final de obra, el certificado energético de la vivienda y la licencia de primera ocupación.
  • Suministros: y una vez esté la edificación lista para su uso, será necesario contar con suministros de luz, agua, etc. Para ello será necesario que presentes la licencia de Primera Ocupación en las empresas pertinentes, certificando que tu vivienda cuenta con las condiciones adecuadas.

Ahorra mucho tiempo y dolores de cabeza

Como verás, necesitas bastantes trámites para la construcción de un inmueble en España; pero no tienes que ser tú quien se encargue de todos ellos…

 

En NEOHAUS estamos para ayudarte a construir más fácil, encargándose no solo de la concepción y ejecución de las obras, sino también de la obtención de licencias y trámites administrativos necesarios.

“Con la premisa principal de obtener la mayor calidad posible en el resultado final de la construcción o reforma de tu edificación”